
28 Mar EL COVID ya no será una enfermedad de declaración obligatoria.

Los altos niveles de inmunidad alcanzados en la población han determinado un cambio en la epidemiología de la COVID-19 que apoya la transición hacia una estrategia diferente, que vigile y dirija las
actuaciones a personas y ámbitos de mayor vulnerabilidad y monitorice los casos de COVID-19 graves y en ámbitos y personas vulnerables.
Este cambio de aproximación a la vigilancia y control de la COVID-19 implica aceptar un cierto nivel de transmisión del SARS-CoV-2 en poblaciones vacunadas y jóvenes en las que la infección tiene un impacto poblacional menor en términos de gravedad.
Vigilancia de COVID19 a partir del 28 de marzo de 2022
Se vigilarán los casos confirmados en personas con factores de vulnerabilidad o asociadas ámbitos vulnerables y los casos graves.
Control:
En la población general, los casos confirmados leves y asintomáticos no realizarán aislamiento y los contactos estrechos no realizarán cuarentena. Se emitirán recomendaciones dirigidas a
las medidas preventivas (utilización de mascarilla, evitar contacto con vulnerables…). – En ámbitos vulnerables, como centros sanitarios asistenciales o sociosanitarios se podrán implementar medidas
específicas de aislamiento y control.
La Comisión de Salud Pública ha establecido el 22 de marzo de 2022 el cambio a esta nueva estrategia.
Definiciones:
A efectos de esta estrategia, se considerarán las siguientes definiciones:
* Ámbitos vulnerables: centros sanitarios asistenciales, centros sociosanitarios y centros de día, centros penitenciarios y otros centros con personas institucionalizadas.
Personas relacionadas con ámbitos vulnerables: Personas que residen o acuden, están ingresadas o trabajan en ámbitos vulnerables, así como trabajadores que prestan apoyo y cuidado a personas vulnerables.
*Grupos vulnerables: personas de 60 años o más, inmunodeprimidos por causa intrínseca o extrínseca y embarazadas.
Inmunodeprimidos por causa intrínseca o extrínseca: receptores de trasplante de progenitores hematopoyéticos o CAR-T, en los dos años tras el trasplante/tratamiento, en tratamiento inmunosupresor o que tengan una enfermedad del injerto contra el huésped (EICH), independientemente del tiempo desde el trasplante; receptores de trasplante de órgano sólido (menos de dos años o con tratamiento inmunosupresor para eventos de rechazo); inmunodeficiencias primarias: combinadas y de células B en las que se haya demostrado ausencia de respuesta vacunal; personas que han recibido en los tres meses anteriores (seis meses en caso de rituximab) fármacos anti CD20 o belimuma; Síndrome de Down de edad superior a los 40 años.
Cómo debemos actuar ante personas con síntomas compatibles:
Se indicará la realización de una PDIA (prueba diagnóstica de infección activa) en las siguientes situaciones:
Persona con clínica compatible y que cumpla alguno de los siguientes criterios:
- Personas con criterios de vulnerabilidad: 60 años o más, inmunodeprimidos por causa intrínseca o extrínseca
y embarazadas. - Personas relacionadas con ámbitos vulnerables: Personas que residen, acuden, están ingresadas o trabajan
en ámbitos vulnerables (centros sanitarios asistenciales, centros sociosanitarios y centros de día, centros
penitenciarios y otros centros con personas institucionalizada), así como otros trabajadores que prestan apoyo
y cuidado a personas vulnerables. - Presentar un cuadro de infección respiratoria aguda de vías bajas que requiera ingreso hospitalario
(preferentemente diagnosticado por PCR). - Que se tenga constancia de que haya estado en los últimos 14 días en una región en la que esté circulando
una variante de interés o de preocupación que no haya mostrado circulación comunitaria en nuestro
territorio.
Si tras un resultado negativo de una PDIA se produjese un empeoramiento del cuadro clínico se realizará una segunda PDIA, al menos con una separación de 48 horas desde la anterior.
Las personas que presenten síntomas leves y que no cumplan criterios de indicación de realización de una prueba diagnóstica deben extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales
utilizando de forma constante la mascarilla y manteniendo una adecuada higiene de manos durante los 10 días posteriores al inicio de síntomas. Se evitará especialmente el contacto con personas vulnerables y la
participación en eventos multitudinarios. Siempre que sea posible (y en caso de que no sea susceptible de una incapacidad temporal por su sintomatología), se recomienda el teletrabajo.
Se recomienda que la persona que presente síntomas leves y que cumpla criterios de indicación de realización de una prueba diagnóstica, se ponga en contacto con el centro sanitario de Atención Primaria y permanezca
en su domicilio hasta que obtenga el resultado de la PDIA.
Si este fuese positivo, será considerado caso confirmado y se procedería como se indica en el siguiente apartado de actuaciones.
Si el resultado fuese negativo, se considera que los síntomas no se deben a la COVID-19 y ha de seguir las instrucciones que le indiquen desde los servicios sanitarios asistenciales.
En caso de presentar criterios de gravedad o mala evolución (disnea, fiebre > 38ºC mantenida más de tres días…) deberá contactar con su centro sanitario de Atención Primaria o con el 112 durante los fines de semana
y festivos, observando en todo caso todas las medidas personales de control de la transmisión y utilizando, si es posible, un medio de transporte privado en el supuesto de desplazamiento.
Además de las indicaciones de realización de prueba diagnóstica descritas, el profesional sanitario que atienda a un caso con clínica compatible, podrá indicar la realización de una PDIA bajo criterio clínico.
No está indicado realizar una PDIA a las personas que tienen un resultado positivo en un test de autodiagnóstico si no cumplen alguno de los criterios indicados al inicio de este apartado
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